Santísima Trinidad: 18° Parte - Las Personas Divinas



P. Ignacio Garro, S.J.
SEMINARIO ARQUIDIOCESANO DE AREQUIPA


4. LAS PERSONAS DIVINAS

Hemos estudiado en este tratado de Trinidad, primeramente lo referente a las "procesiones" inmanentes en Dios y también las "relaciones" que de ellas se derivan. Lo lógico es tratar ahora de las "Personas" divinas, que son los términos inmanentes, de aquellas procesiones.

Antes de formular una serie de cuestiones sobre las Personas en la Trinidad hay que aclarar el concepto de persona y naturaleza. Lo primero que hay que decir es que no debe de confundirse el concepto de persona con el de naturaleza o esencia, pues son completamente distintos. La fe católica nos enseña que en Dios has tres "Personas"  completamente distintas : Padre, Hijo y Espíritu Santo; pero que no hay más que una "sola esencia o naturaleza divina". Entonces hay que aclarar el concepto de "naturaleza" o "esencia" como distinto del concepto de "persona".

Naturaleza: responde a la pregunta de "qué" es una cosa, (quid).
Persona: responde a la pregunta "quién" es, (quis).

Estas nociones, cuando se aplican a Dios no se toman en el sentido vulgar sino que las tomamos del sentido más profundo como es el filosófico.

  • "Naturaleza":  (en griego = fisis) Es la esencia de una cosa; se dice que es el principio del cual se sirve el que obra para obrar.  “Naturaleza" es todo aquello que hace que un ser sea lo que es y que se distinga de cualquier otro ser. Naturaleza: Se entiende en filosofía la esencia de una cosa en cuanto que es sujeto de las operaciones que le son propias. Responde a la pregunta: ¿qué cosa es esto? y se contesta: una piedra, un vegetal, un animal, un hombre.
  • "Persona": (en griego = prosopon = máscara), es una hipóstasis racional. Boecio define persona como : "Substancia individual de naturaleza racional". Según esta definición, la persona es substancia y no accidente; individual o singular, es decir, que de ningún otro se predica, frente a la substancia universal que se predica de muchos. Pertenecen al concepto de "persona" la substancialidad y la incomunicabilidad.

Persona es un individuo, pero un individuo dotado de inteligencia. Es un ser que subsiste por sí mismo (individuo) en una naturaleza humana. Así considerada la persona es:

  • El principio último de operación del ser (el "yo" actúa en su propio nombre)
  • El sujeto de atribución de sus actos (aquel a quien se atribuyen sus actos)
  • El centro de responsabilidad (aquel que debe de responder por ellos).

Podemos decir que la persona se expresa verbalmente con la palabra "yo".

"Hipóstasis": (en griego: Hipo = bajo y stasis = lo que permanece permanentemente), es una substancia individual, completa, subsisten¬te en si.

La hipóstasis y la naturaleza están subordinadas recíprocamente de forma que la hipóstasis es la portadora de la naturaleza y el último sujeto de todo el ser y de todas sus operaciones (es el principium quod) y la naturaleza es aquello mediante lo cual la hipóstasis es y obra (es el principium quo).

En consecuencia, la hipóstasis, es el principio operativo (principium quod), el centro de atribución del ser.

4.1. Historia del término "persona"

Las últimas investigaciones filosófico-teológicas del sentido de la palabra "persona" hacen la siguiente síntesis: La palabra persona puede venir en el sentido vulgar del mundo cultural griego "prosopon", que significa máscara de teatro, y ésta sirve para ponerse ante la faz del actor que cumple su rol en el teatro de representar a un personaje.

La palabra hebrea "pânêh", significa: la faz de la cara humana, esta palabra hebrea en la traducción de los LXX a la lengua griega la tradujeron por la palabra "prosopon" y de aquí a la traducción, en la versión de la Vulgata latina, de "persona".

S. Pablo en 2ª Corintios 2, 10, dice:" Pues los que yo perdoné ... fue por vosotros en "presencia" de Cristo". Allí la palabra "presencia = faz", tiene el sentido de persona en Cristo.

Igualmente todos aquellos textos que afirman que Dios no juzga según la "faz", es decir las apariencias, tiene evidentemente el sentido de individuo, persona, como en las citas Hech 10, 34; Rom 2, 11; Efes 6, 9; Col 3, 25, en las que se afirma que Dios no hace acepción de personas.

En los Padres Apostólicos este mismo sentido de "prosopon" se usa como en la "Didajé" que dice: "Buscarás cada día los rostros de los santos para descansar en sus palabras".

La palabra "prosopon" aplicada a la Trinidad se encuentra en S. Hipólito de Poitiers en su Tratado "Contra Haeresim Noetii". Pero es Tertuliano  a quien se debe la fórmula definitiva de tres Personas divinas y una sola Substancia en su escrito "Adversus Praxeam". Esta palabra se encuentra también en Novaciano, en San Ambrosio, S. Agustín y otros escritos de la época muestran que el lenguaje de la Iglesia latina a mediados del S. V, estaba definitivamente fijado con esta palabra.

Volvamos a la definición de Boecio,(470-525): en su Libro: "De duabus naturis", escribió la clásica definición sobre qué es persona como "Persona es rationalis naturae individua substancia".


  • Substancia individua: "Hay muchas realidades  individuadas (substancias) pero solamente las que sustentan la naturaleza racional, consciente, capaz de conocimiento, amor y libertad, pueden ser llamadas personas".

Boecio, toma de la tradición aristotélico - patrística el término "substantia", pero inmediatamente pone a su lado el término "individua", con un sentido específico, a saber: la "individualidad" es aquello que nos diferencia de otros, aquello que nos hace intransferibles = personales, ya que una "persona" nunca es otra persona. Esto lo puede entender cualquiera: lo que es personal no es intercambiable del uno al otro, no es comunicable, aquí se quiere decir que lo personal no es lo común a todos, lo genérico, sino lo específico, lo individual, lo intransferible. Así la "substantia individua", indica la raíz de la propia identidad de un persona.

  • Rationalis naturae: Hay que destacar que la posibilidad de comunicabilidad de una persona con otras es su naturaleza intelectual (rationalis naturae). En efecto, la naturaleza intelectiva existe, en concreto, de modo personalizado, es decir, de modo intransferible, irreductible y personal. Así, la "rationalis naturae", la naturaleza racional indica la posibilidad de comunicación de una persona con otra.

La naturaleza racional "rationalis naturae" es, por tanto, el principio y la raíz de esta capacidad de comunicación que bien podríamos calificar de experiencia primordial de la persona, la cual se sabe distinta e intransferible, pero toda ella con capacidad de comunicación.
Santo Tomás, analiza esta definición, afirmando que en ella se pone en primer lugar "substantia individua", para "indicar lo singular del género de substancia", y que añade "rationalis naturae", para "significar lo singular de las substancias racionales".
Santo Tomás expone de varias maneras los diversos aspectos bajo los que se puede considerar el concepto de "persona". La definición de "persona" más apta para el tratado de la Trinidad, es la siguiente:  "persona es un subsistente distinto e incomunicable en naturaleza intelectual".
Santo Tomás, siguiendo la consideración de la noción de persona dada por Boecio, dice que la persona no es cualquier substancia individua, sino aquel tipo de:
1º. Substacia superior que le corresponde existir en una naturaleza humana.La noción de racionalidad es un elemento esencial y necesario de la persona; por eso no se llaman persona a los animales irracionales. Persona, expresa grandeza y dignidad, significa lo más perfecto que hay en toda naturaleza, o sea, el ser subsistente en la naturaleza racional. Grandeza y dignidad que posee precisamente tanto por la superioridad de la naturaleza como también por la de su modo de existir: Santo Tomás dice al respecto: "Persona significa cierta naturaleza con cierto modo de existir. La naturaleza que incluye la persona en su significación es la más digna de las naturalezas, esto es, la naturaleza individual según su género. De modo semejante también el modo de existir que importa la persona es dignísimo, en cuanto algo existente por  sí".
Ahora bien, si la persona comparte la dignidad que le viene de la subsistencia con otras substancias no racionales, las trasciende incomparablemente por la dignidad que posee por su naturaleza racional, por lo cual de la noción de persona: "se excluyen los cuerpos inanimados, las plantas y los brutos (animales) que no son persona". 
2º. Dignidad de su naturaleza racional que tiene como consecuenciaUna dignidad particular en su obrar, es decir, un obrar perfecto correspondiente a las creaturas racionales, en cuanto no solamente obran por sí, sino también y principalmente teniendo dominio de sus propios actos. Santo Tomás dice: "A la substancia individua le es propio existir por sí, y también obrar por sí... El obrar por sí conviene de modo más excelente a las substancias de naturaleza racional que a las demás. Pues sólo las substancias racionales tienen dominio de sus actos, como en ellas sea el obrar y el no obrar, en cambio las otras substancias más que mover son movidas".
Podemos observar, cómo esta noción ontológica considera a la persona en su totalidad: como un ente entre otros entes, con una determinada naturaleza que es la racional, que a su vez es el fundamento de la libertad y de la conciencia de sí y la fuente de las relaciones espirituales.
Tal noción ontológica es el fundamento del "acto segundo" por el cual la persona se desarrolla, crece y llega a su última perfección. Así la persona humana debe ser entendida y contemplada en su totalidad, en una visión realista que comprenda todos sus aspectos, unidos en ese único e irrepetible sujeto corporal y espiritual que es cada hombre. 
3º. La aplicación del término persona a DiosSanto Tomás aplica a Dios la realidad de la persona. A Dios, como causa universal de todos los entes, se le atribuye y precontiene en su simplicidad absoluta todas las perfecciones de las cosas creadas, y por consiguiente en la perfección de la persona.
Santo Tomás dice: "La persona significa lo más perfecto que hay en toda la naturaleza, o sea, el ser subsistente en la naturaleza racional pero todo lo que significa perfección debe atribuirse a Dios, porque su esencia contiene en sí todas las perfecciones, de aquí, que es justo que el nombre de persona se aplique a Dios".
Por todo esto podemos concluir: La naturaleza designa a las cosas. La persona designa a un yo. Y afirmamos que: en sentido analógico y depurado de las imperfecciones que adquiere en las criaturas, puede aplicarse a Dios el concepto de persona.

Artículo 1º. Constitución de las Personas divinas.

TESIS 1°. "Las Personas divinas se constituyen por las tres relaciones opuestas subsistentes entre sí, es decir, la paternidad, filiación y espiración pasiva"

A. Explicación
Decimos que en Dios hay tres Personas realmente distintas que tienen una misma naturaleza divina singular y completa, de manera que podemos afirmar con Sto. Tomás que: "una misma esencia es de tres Personas y que tres Personas son una misma esencia".

B. Magisterio de la Iglesia
El símbolo "Quicumque" dice: "La fe católica venera a un solo Dios en la Trinidad, y a la Trinidad en la unidad; sin confundir las personas  ni separar las substancias; porque una es la Persona del Padre, otra la del Hijo y otra la del Espíritu Santo; pero el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo tienen una sola divinidad, gloria igual y co-eterna majestad"
Concilio XI de Toledo: "Luego sólo (las Personas divinas) indican número en cuanto están relacionadas entre sí; y carecen de número en cuanto son para sí".
Concilio de Florencia (año, 1438-1445). : "Y todo es uno (en la Trinidad) donde no obsta la oposición de relación".

C. Adversarios
Ricardo de S.Victor (año, 1104-1173): afirmaba que las Personas divinas se constituyen por sus orígenes y no por sus relaciones opuestas subsistentes entre sí.

D. Argumento Teológico
Sto. Tomás dice: "Persona, significa lo más perfecto que hay en la naturaleza, o sea, el ser subsistente en la naturaleza racional. Si, pues, todo lo que significa perfección debe atribuirse a Dios, porque su esencia contiene en sí todas las perfecciones, es conveniente que el nombre de persona se aplique a Dios. Sin embargo, no le conviene del mismo modo que a las criaturas, sino de modo más excelente, a la manera como le conviene los otros nombres que fueron impuestos a las criaturas y se atribuyen a Dios".
Finalmente podemos decir: En Dios, el nombre de "persona" no designa a la esencia divina, (que es una), sino a las "relaciones divinas opuestas y subsistentes entre sí" (que son tres). Si el concepto de persona, aplicado a Dios, designa directamente a la esencia divina, habría que concluir que en Dios hay tres esencias divinas, o sea, tres dioses, porque es de fe que las Personas divinas son tres. Luego, con la palabra "persona" no se designa en Dios la esencia divina (que es una), sino las relaciones intratrinitarias, en cuanto subsistentes y opuestas entre sí, ( que son tres : generare, generari, spirari), dichas relaciones intratrinitarias subsistentes opuestas entre sí, son la paternidad, la filiación y la espiración pasiva o procesión, y que están cabalmente identificadas con la Persona del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo.


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Agradecemos al P. Ignacio Garro, S.J. por su colaboración.

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